Diario de León

El Constitucional concede a las autonomías la gestión de los parques nacionales

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T. Fernández - león
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Una sentencia del Tribunal Constitucional, contra la que no existe recurso, ha resuelto que la gestión de los parques nacionales es competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas, aunque le corresponde al Estado la declaración por ley de estos enclaves y, de forma excepcional, las singulares medidas imprescindibles para cumplir la ley. El fallo es la respuesta a los recursos interpuestos por la Junta de Andalucía y el Gobierno de Aragón en contra de la ley 41/97 en la que se contemplaba la cogestión de los parques naturales por ambas administraciones, al considerar que se usurpaban las competencias de las autonomías en materia de medio ambiente y espacios protegidos. Según se refleja en la sentencia, cada autonomía aprobará el plan rector de uso y gestión de los parques, un documento en el que se recogen, por ejemplo, las zonas de acampada, las funciones de los centros de visitantes, los accesos, donde puede pastar el ganado, los límites para los vehículos o la exclusión de actividades urbanísticas. Además, una vez que entre en vigor dicho plan, las comunidades autónomas podrán controlar el destino de los fondos que procederán como hasta ahora, del Gobierno central. La sentencia ha creado alarma entre las organizaciones ecologistas que han mostrado su preocupación al considerar que perjudica la conservación de los parques nacionales porque no habrá un modelo de gestión común y se verá afectada la conservación de la biodiversidad. Uno de los parques afectados por la sentencia es el de Picos de Europa, que abarca tres Comunidades. En relación al fallo del Constitucional, el consejero de Medio Ambiente, Carlos Fernández Carriedo, mostró su satisfacción afirmando que cualquier iniciativa en materia de parques debería hacerse contando con las Comunidades Autónomas por lo que es bueno incrementar esa participación.

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