Entra en vigor en España la ley que permite el divorcio «express»
A partir de hoy los denominados divorcios «express» serán una realidad ya que entra en vigor la reforma del Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.
La nueva normativa permitirá romper el vínculo matrimonial sin necesidad de separación previa, elimina las causa de las rupturas matrimoniales y modifica el pago de las pensiones. También regula la guardia y custodia de los hijos, un punto que ha centrado la polémica en la tramitación y en el que destaca la potestad que tiene el juez para acordar, excepcionalmente, la custodia compartida sin acuerdo entre los padres e incluso con la oposición del fiscal. Sin separación previa Si bien la separación se mantiene como figura judicial optativa, la reforma contempla la disolución de matrimonio por divorcio sin necesidad de la previa separación del hecho o judicial. Será suficiente con que uno de los esposos no desee la continuación del matrimonio para demandar el divorcio, una demanda a la que no puede oponerse el demandado por motivos materiales ni el juez, salvo que lo haga por motivos procesales. Hasta ahora, para divorciarse los conyuges tenían que esperar un año para solicitar la separación legal y esperar otro año para pedir el divorcio. Con esta nueva regulación para divorciarse sólo será necesario que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, un requisito que se podrá obviar cuando el interés del de los hijos o del demandante justifiquen la suspensión de la convivencia con antelación, especialmente en aquellos casos en los que se acredite violencia de género. Sentencias en semanas Los trámites se agilizarán en gran medida y según las previsiones del Ejecutivo, la ruptura amistosa podrá resolverse en dos meses y sin acuerdo podrá haber solución en 6 meses. Hasta la fecha la ruptura amistosa requería una media de tres años, un plazo que se duplicaba hasta los 6 años si no existía acuerdo. Incluso se prevé que se puedan dictar sentencias en semanas si hay mutuo acuerdo cuando se generalice la implantación de juicios rápidos. La reforma mantiene el derecho a la pensión compensatoria, aunque se prevén varias posibilidades.