Se podrá compatibilizar el uso recreativo con la conservación de un espacio de gran valor
El Monte de Miranda será declarado Zona Natural de Esparcimiento
Se acondicionarán instalaciones y adecuarán rutas con valores ecológicos didácticos
La Consejería de Medio Ambiente ha iniciado el proceso de declaración de «El Monte de Miranda» como Zona Natural de Esparcimiento (ZNE). Ubicada en la localidad burgalesa de Miranda de Ebro, a unos 5 kilómetros del casco urbano, que tendrá una superficie de 1.620 hectáreas y comprenderá los montes «El Monte» y «Peña Gobera», catalogados como de Utilidad Pública. La declaración como ZNE se considera necesaria al incluirse en su perímetro el área recreativa de San Juan del Monte, que cuenta con una gran afluencia de visitantes especialmente durante las fiestas, que acaban de celebrarse, y que están consideradas como de Interés Turístico de Castilla y León. En este enclave, que ocupa unas 15 hectáreas, se congregan cada año a más de 20.000 personas, lo que unido a la proximidad con Miranda de Ebro y otros núcleos de población, supone un potencial humano importante que se refleja en un progresivo aumento de visitantes, concentrados principalmente en torno al área recreativa. Esto ha llevado al Departamento regional que dirige Carlos Fernández Carriedo, a proponer una adecuada gestión que compatibilice el uso recreativo y la conservación de un espacio de gran valor. La protección comprenderá las actividades encaminadas a mejorar los elementos medioambientales, acondicionar las instalaciones y regular su desarrollo para aumentar la capacidad de acogida, adoptar medidas protectoras y adecuar rutas con valores ecológicos didácticos, así como zonas de descanso. El uso se referirá al conocimiento de paisajes singulares respecto a las tradiciones, aprovechamiento de montes, actividades compatibles, equipamientos y señalización. El Monte de Miranda se convertirá en la primera Zona Natural de Esparcimiento de la provincia de Burgos y la cuarta de Castilla y León, al haber sido declaradas anteriormente «Monte El Viejo», en Palencia, «Valonsadero», en Soria, y «El Pinar de Antequera», en Valladolid, todas ellas en el año 2005. Programas de uso público Las Zonas Naturales de Esparcimiento están reguladas en la Ley de Espacios Naturales de Castilla y León y forman parte de las áreas definidas como Zonas Naturales de Interés Especial, junto con los montes catalogados de Utilidad Pública, los montes o terrenos relacionados como protectores, las Zonas Húmedas Catalogadas, los hábitats naturales y seminaturales incluidos en el inventario de hábitats de protección especial, las vías pecuarias declaradas de interés especial y las Riberas Catalogadas. Tras la elaboración del documento de declaración, que contendrá la delimitación, estado de conservación de recursos naturales, ecosistemas o paisajes, así como la determinación de las limitaciones respecto de los usos y actividades, se abrirá un periodo de alegaciones y se elaborará un documento definitivo antes de ser aprobado por la Consejería de Medio Ambiente mediante Orden. Por último, se firmará un convenio con las entidades locales para la gestión de la ZNE y se elaborarán programas de uso público como los de conservación, educación ambiental y voluntariado.