Diario de León

El mandato del fiscal jefe del Tribunal Superior catalán contempla penas de hasta cuatro años de cárcel

Ordenan tipificar como atentado las agresiones a maestros y médicos

José María Mena se basa en una vasta jurisprudencia para ejercer la defensa de estos profesionales

Los ataques a maestros y médicos provocan movimientos en la justicia en su defensa

Los ataques a maestros y médicos provocan movimientos en la justicia en su defensa

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efe | barcelona

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El fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), José María Mena, ordenó a los fiscales que endurezcan la protección penal de maestros y médicos tipificando como atentado, con penas de hasta cuatro años cárcel, las agresiones a los profesionales de la enseñanza y de la sanidad. En una instrucción interna difundida ayer por el fiscal, Mena recuerda que existe suficiente jurisprudencia para «otorgar un sólido amparo jurídico-penal mediante el artículo 550 del Código Penal a los profesionales de la enseñanza pública y la sanidad pública que sean agredidos en el desempeño de su función pública o como consecuencia directa de ella». El fiscal-jefe ordena a sus fiscales que cuiden «en cada caso concreto, de analizar los supuestos de hecho para precisar la circunstancia del desempeño efectivo de la función pública docente o sanitaria» y que apliquen el tipo penal del delito de atentado descrito en el artículo 550 y 551 del Código Penal. Estos artículos castigan con penas de prisión de uno a tres años «a los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza con ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas» y de dos a cuatro años de prisión si se considera que el atentado es contra la autoridad. La instrucción pretende «proteger penalmente a los profesionales que, en el desempeño de su función pública, personifican y garantizan el disfrute efectivo, por todos los ciudadanos, del derecho a la educación o a la salud». Funciones «esenciales» El fiscal considera «esenciales» las funciones que desempeñan en la sociedad los maestros y los facultativos y personal de enfermería y basa su petición en el artículo 10.1 de la Constitución, que establece que «el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social». «Entre los derechos merecedores de tal respeto, algunos son objeto de relevante atención expresa de la Constitución, y, entre ellos, merecen destacarse el derecho a la educación (artículo 27) y a la salud (artículo 43)», añade el fiscal en su instrucción. Según Mena, «las agresiones a estos profesionales significan, además del menoscabo de su integridad física y moral, la perturbación de la función pública que ejercen, cercenando con ello el mandato del artículo 10 de la Constitución y entorpeciendo el efectivo disfrute de los derechos consagrados en los artículos 27 y 43». «Por todas estas razones -añade Mena- las agresiones a los profesionales que ejercen las funciones públicas de la educación o la sanidad merecen la más severa perspectiva jurídico-penal, en defensa de bienes jurídicos, no sólo individuales sino también colectivos, de esencial importancia constitucional». En su instrucción, el fiscal-jefe desgrana varias sentencias del Tribunal Supremo y de diferentes Audiencias provinciales cuya jurisprudencia equiparó a profesores con funcionarios públicos. La instrucción ha sido difundida después de que el pasado miércoles unos 800 profesores se manifestaron contra las agresiones a los maestros en una protesta convocada por el Ceip Eduard Marquina.

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