El mandato del fiscal jefe del Tribunal Superior catalán contempla penas de hasta cuatro años de cárcel
Ordenan tipificar como atentado las agresiones a maestros y médicos
José María Mena se basa en una vasta jurisprudencia para ejercer la defensa de estos profesionales
El fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), José María Mena, ordenó a los fiscales que endurezcan la protección penal de maestros y médicos tipificando como atentado, con penas de hasta cuatro años cárcel, las agresiones a los profesionales de la enseñanza y de la sanidad. En una instrucción interna difundida ayer por el fiscal, Mena recuerda que existe suficiente jurisprudencia para «otorgar un sólido amparo jurídico-penal mediante el artículo 550 del Código Penal a los profesionales de la enseñanza pública y la sanidad pública que sean agredidos en el desempeño de su función pública o como consecuencia directa de ella». El fiscal-jefe ordena a sus fiscales que cuiden «en cada caso concreto, de analizar los supuestos de hecho para precisar la circunstancia del desempeño efectivo de la función pública docente o sanitaria» y que apliquen el tipo penal del delito de atentado descrito en el artículo 550 y 551 del Código Penal. Estos artículos castigan con penas de prisión de uno a tres años «a los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza con ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas» y de dos a cuatro años de prisión si se considera que el atentado es contra la autoridad. La instrucción pretende «proteger penalmente a los profesionales que, en el desempeño de su función pública, personifican y garantizan el disfrute efectivo, por todos los ciudadanos, del derecho a la educación o a la salud». Funciones «esenciales» El fiscal considera «esenciales» las funciones que desempeñan en la sociedad los maestros y los facultativos y personal de enfermería y basa su petición en el artículo 10.1 de la Constitución, que establece que «el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social». «Entre los derechos merecedores de tal respeto, algunos son objeto de relevante atención expresa de la Constitución, y, entre ellos, merecen destacarse el derecho a la educación (artículo 27) y a la salud (artículo 43)», añade el fiscal en su instrucción. Según Mena, «las agresiones a estos profesionales significan, además del menoscabo de su integridad física y moral, la perturbación de la función pública que ejercen, cercenando con ello el mandato del artículo 10 de la Constitución y entorpeciendo el efectivo disfrute de los derechos consagrados en los artículos 27 y 43». «Por todas estas razones -añade Mena- las agresiones a los profesionales que ejercen las funciones públicas de la educación o la sanidad merecen la más severa perspectiva jurídico-penal, en defensa de bienes jurídicos, no sólo individuales sino también colectivos, de esencial importancia constitucional». En su instrucción, el fiscal-jefe desgrana varias sentencias del Tribunal Supremo y de diferentes Audiencias provinciales cuya jurisprudencia equiparó a profesores con funcionarios públicos. La instrucción ha sido difundida después de que el pasado miércoles unos 800 profesores se manifestaron contra las agresiones a los maestros en una protesta convocada por el Ceip Eduard Marquina.