Una fuente de órganos cien por cien compatibles para trasplantes
La clonación terapéutica consiste en transferir el núcleo de una célula adulta de un paciente a un ovocito al que se le ha extraído antes el núcleo para reprogramar su crecimiento celular con las características genéticas del donante y que genere células madre embrionarias capaces de crear tejidos u órganos que luego se trasplantan al paciente para combatir una patología. Su principal ventaja es que los tejidos u órganos generados son compatibles con el donante, lo que evita rechazos, y abre vías de esperanza para patologías que actualmente carecen de curación Desde el comienzo de la tramitación de la iniciativa del Gobierno, la Conferencia Episcopal, el PP y otros colectivos rechazaron la clonación terapéutica al entender que es contraria a la dignidad humana. En España, la primera ley sobre técnicas de reproducción asistida, aprobada en 1988, no reguló la clonación con fines terapéuticos simplemente porque los científicos todavía no habían descubierto la utilidad de esta técnica. Tuvo que pasar más de una década para que surgiera el debate político, centrado primero en la investigación con células madre embrionarias (polémicas porque su obtención supone la destrucción del embrión), y ampliado luego a la clonación de embriones con fines médicos. En el 2003, con el Gobierno del PP, se aprobó una modificación a la Ley de Reproducción Asistida que abría la puerta a la investigación con células madre procedentes de embriones sobrantes de las clínicas de fertilidad, aunque la limitaba a los embriones acumulados hasta ese momento.