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El TSJA autoriza la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía

Publicado por
Cecilia Cuerdo - sevilla
León

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha aceptado la solicitud presentada por padres de alumnos de Málaga y de Bollullos Par del Condado (Huelva) para que éstos no cursen la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC) alegando objeción de conciencia. La medida supone la suspensión cautelar de la resolución administrativa dictada por el viceconsejero de la Consejería de Educación, Sebastián Cano, que rechazaba dicha objeción. Los padres impugnaron un decreto de la administración andaluza de 13 de enero en el que no se reconocía el derecho de alegar objeción de conciencia para no estudiar la asignatura de Educación para la Ciudadanía, y por tanto, no reconocía tampoco el derecho a solicitar una alternancia educativa. Ahora, la sala de lo contencioso-administrativo del TSJA entiende que, en el caso onubense, debe aplicarse como medida cautelar la suspensión del decreto de la Junta. En el de Málaga estima que de no proceder a la suspensión cautelar de la resolución administrativa «se produciría una situación difícilmente reversible».