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Expedientan a la secretaria de Sevilla por «falta grave» en el caso Mari Luz

Publicado por
A. Torices - madrid
León

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El Ministerio de Justicia ha abierto un expediente por falta grave a Juana Gálvez, la secretaria del Juzgado Penal 1 de Sevilla, el órgano que tardó más de dos años en ejecutar la sentencia que habría supuesto el encarcelamiento de Santiago del Valle, el presunto asesino de la niña onubense Mari Luz Cortes, que murió en enero pasado. El ministerio abrió el expediente a propuesta del secretario de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el instructor de la investigación, quien, tras auditar el juzgado y la documentación del caso, consideró que la secretaria puede ser responsable de «negligencia o retraso injustificado en el cumplimiento de las funciones inherentes al puesto de trabajo o funciones encomendadas». La medida de Justicia se suma a la cadena de depuración de responsabilidades iniciada el pasado 7 de abril con la apertura por parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de un expediente por una falta muy grave de desatención de sus funciones al titular del Juzgado penal 1 de Sevilla, Rafael Tirado. Gálvez es la única funcionaria de este juzgado sobre la que tiene competencia el ministerio por lo que ahora habrá que ver si la Junta de Andalucía, competente sobre el resto del personal, y la Fiscalía, que ejerció la acusación en la causa, consideran que hay que abrir otros expedientes disciplinarios para investigar las posibles irregularidades de otras personas implicadas en este escándalo judicial. La Inspección del CGPJ llegó a la conclusión de que la demora de dos años, dos meses y nueve días en ejecutar la sentencia firme por abusos sexuales contra Del Valle fue debida a «trámites dilatorios, errores y omisiones» cometidos por los funcionarios y la secretaria judicial, que fueron consecuencia de «la pasividad», la «dejación de funciones» y la «ausencia de control» por parte del magistrado Tirado sobre la actividad de los funcionarios. La investigación concluyó que el juez incumplía «de forma habitual» sus obligaciones de asegurar la ejecución de las sentencias, «ya que no existía ninguna actividad de supervisión y control» sobre el trabajo de sus subordinados. El informe defiende que se llega al error judicial porque la secretaria y el juez, no ordenó la detención del imputado de inmediato.

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