Diario de León

NUEVA NORMATIVA

Los distribuidores tendrán que devolver las pilas usadas

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Desde ayer, los distribuidores deben aceptar, sin cargo alguno para el consumidor, la devolución de las pilas y acumuladores portátiles usados en el momento de venderles otras pilas y acumuladores portátiles. Ayer entró en vigor el real decreto de pilas y acumuladores, promovido por el Ministerio de Medio Ambiente, cuyo ámbito de aplicación abarca a las pilas, acumuladores y baterías portátiles (gran consumo), así como a las baterías industriales y de automoción. Los productores e importadores de pilas, acumuladores y baterías están obligados a hacerse cargo de la recogida y gestión de estos productos después de usados, mediante sistemas de gestión constituidos por ellos o contribuyendo económicamente a los sistemas públicos de gestión. Los consumidores de pilas, acumuladores o baterías usados están obligados a entregarlos, sin coste alguno para ellos, en los contenedores de recogida que establezcan los sistemas de gestión (puntos urbanos de recogida, establecimientos comerciales de los distribuidores, puntos limpios, talleres de automoción, etc). Del mismo modo, los distribuidores que han debido aceptar, sin cargo alguno para el consumidor, la devolución de las pilas y acumuladores portátiles usados están obligados a aceptar la devolución de las pilas y acumuladores portátiles usados, en el momento de venderles otras pilas y acumuladores. | efe

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