| Análisis | Investigación en León |
Formación en la prevención de riesgos laborales
En un estudio se ha puesto de manifiesto, desde una perspectiva iuslaboralista, la efectividad de las acciones de formación llevadas a cabo en el seno de las empresas
El entorno sociolaboral en el cual vienen desarrollando sus tareas los trabajadores se encuentra, aún hoy en día, caracterizado por unas elevadas tasas de siniestralidad laboral, particularmente preocupantes en determinados sectores de actividad. Incluso los países más desarrollados -entre los cuales podría incluirse España- no se ven ajenos a esa realidad. Entre los múltiples y diferentes elementos de la prevención de riesgos susceptibles de consideración y análisis, el objetivo último del trabajo de Tesis Doctoral realizado por la Licenciada María Purificación García Miguélez y dirigido por los doctores de la Universidad de León Fernández Domínguez y Tascón López, ha sido poner de manifiesto, desde una perspectiva iuslaboralista, la importancia y efectividad del papel desempeñado por las acciones de formación en información llevadas a cabo a este respecto en el seno de las empresas. Todo ello, para evidenciar su inexcusable necesidad, al margen de la obligatoriedad legalmente reconocida, posibilitando que los trabajadores puedan actuar de una forma adecuada no sólo ante situaciones de peligro, sino en el devenir diario de sus ocupaciones. A fin de lograr lo anterior, el punto de partida de esta investigación desarrollada en el Área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social del Departamento de Derecho Privado y de la Empresa de la Universidad de León, han sido los antecedentes históricos sobre prevención, previos al surgimiento del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social como corpus legal propiamente dicho, pasando después a considerar el tratamiento de la formación e información preventiva en el ámbito académico y en el ámbito legislativo, particularmente tras el establecimiento, a raíz de la promulgación de la vigente Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, la cual es germen del actual y ambicioso concepto de «cultura de la prevención» que se quiere extender al conjunto de la sociedad. Empresarios y trabajadores Seguidamente son abordados diferentes aspectos en relación con las consecuentes obligaciones para empresarios y trabajadores. Así, por ejemplo, la naturaleza jurídica de las mismas, el elemento subjetivo (tanto respecto a los destinatarios como a quiénes están cualificados para impartir la formación u obligados a proporcionarla), el contenido, la duración, el lugar y el momento más idóneos para su materialización, o los posibles mecanismos de financiación. Dichas particularidades son matizadas tanto para la formación e información preventiva de carácter más genérico (común a todos los trabajadores, adaptándose a la tarea o actividad de cada uno) como especializadas (respecto a quienes están encargados de realizar tareas específicamente preventivas). Las peculiaridades de determinados colectivos (autónomos, empleados de empresas de trabajo temporal) o el papel desempeñado por los agentes sociales en relación con todas estas cuestiones son asimismo objeto de consideración. Por otra parte, la perspectiva esencialmente jurídica de análisis ha sido complementada de forma puntual con un enfoque multidisciplinar, en un intento de dotar de transversalidad al tratamiento de determinadas cuestiones, según indica el propio legislador. En definitiva, se trata de contribuir en la ardua tarea de sensibilización acerca del problema de la siniestralidad, dejando constancia de cómo un buen número de accidentes podrían ser evitados con una adecuada formación e información sobre el funcionamiento de las máquinas, los equipos de protección individuales y colectivos, las posturas físicas más adecuadas, la señalización y demás elementos de la actividad preventiva, a la par que evitando los demasiado frecuentes excesos de confianza.