Diario de León

El catedrático de Derecho Civil afirma que el consentimiento no quita responsabilidad al médico

«Antes el acto médico era paternalista, ahora prima la autonomía del paciente»

Javier Fernández Costales ingresa hoy en la Real Academia de la Medicina de Asturias

Javier Fernández Costales, en una imagen de archivo

Javier Fernández Costales, en una imagen de archivo

León

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La celeridad con que se producen los avances de la medicina y de la ciencia hacen difícil para el Derecho el reto de regular sus implicaciones para la vida y la salud de las personas. Es lo que los expertos llaman el «asincronismo» de la ciencia y el derecho, que puntualmente ocasiona «vacíos jurídicos» respecto a los avances científicos. A su vez, los avances democráticos y constitucionales han influido en las leyes que regulan la relación de la medicina con los pacientes, la responsabilidad civil médica y hospitalaria y los derechos y deberes de los pacientes. El estudio e investigación del derecho médico es el aval con que el catedrático de Derecho Civil de la Universidad de León y miembro del Consejo Consultivo de Castilla y León, Javier Fernández Costales, ingresa hoy en la Real Academia de Medicina del Principado de Asturias. Sin ser médico, su campo de investigación tiene una gran significación para la ciencia y la sociedad: «Los caminos de la Medicina y el Derecho son inimaginables hoy en día porque los avances científicos se producen con una celeridad extraordinaria», precisa el jurista. El que desde hoy será nuevo miembro de la Academia de Medicina de Asturias señaló que entre los avances que se han producido en las últimas décadas en el campo del derecho médico ocupa un lugar especial el derecho a la información de que disfrutan los pacientes y el consentimiento informado ante los actos médicos y quirúrgicos. «Antes el acto médico era más bien paternalista y debían de seguirse todas las indicaciones médicas, pero hoy en día, teniendo en cuenta los derechos que asisten a las personas en el ámbito constitucional, prima la autonomía del paciente y su derecho a la autodeterminación ante ese acto». El jurista subraya que son los pacientes quienes han de tomar la decisión, pero después de «una información completa, veraz y adecuada sobre el acto médico que se trate». Asimismo, destacó la diferencia entre consentimiento informado y diligencia médica ( lex artis ad hoc ): «Una cosa es la información que debe suministrarse del diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento y otra que el acto haya de realizarse con la debida diligencia profesional», precisó. Si la Ley de Sanidad de 1986 introduce estos derechos, la ley de autonomía del paciente del 2002 los viene a especificar. Las comunidades autónomas, entre ellas la de Castilla y León, han aprobado también sus leyes de derechos y obligaciones de los pacientes, incluyendo en casi todos los casos el testamento vital como aspecto más significativo. También ha sido crucial en los últimos años la reforma de la ley de reproducción asistida. Costales explica que si en 1988 su misión única era «ayudar como alternativa a la esterilidad de la pareja», con la de noviembre pasado se pretende «dar una salida a los embriones sobrantes» y para ello se crea el centro nacional de trasplantes y de medicina regenerativa.

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